03 Jan
03Jan

A continuación, las principales obligaciones tributarias del mes de enero de 2023: 

DECLARACIONES Y ANEXOS    

PRESENTACIÓN MENSUAL:  

  • Declaración mensual retención en la fuente de Impuesto a la Renta (vencimiento según noveno dígito del RUC) 
  • Declaración mensual IVA percepción y retención (vencimiento según noveno dígito del RUC) Declaración mensual de ICE (vencimiento según noveno dígito del RUC) 
  • Declaración mensual activos en el exterior (vencimiento según noveno dígito del RUC) 
  • Declaración ISD (vencimiento según noveno dígito del RUC) 
  • Impuesto a la Renta por enajenación de acciones, participaciones, otros derechos representativos de capital hasta el 25 del mes subsiguiente al que se efectuaron las operaciones. 
  • Anexo ROTEF (vencimiento según noveno dígito del RUC) 
  • Anexo Transaccional Simplificado ATS (vencimiento según noveno dígito del RUC) 
  • Anexo ICE Mensual (Régimen General) Anexo Movimiento Internacional de Divisas (vencimiento según noveno dígito del RUC)
  • Anexo PVP por parte de los fabricantes o importadores y prestadores de servicios gravados con ICE al 31 de diciembre de 2021.   

PRESENTACIÓN SEMESTRAL O ANUAL:   

  • Declaración semestral IVA percepción y retención (vencimiento según noveno dígito del RUC) 
  • Declaración semestral retención en la fuente de Impuesto a la Renta (vencimiento según noveno dígito del RUC) Anexo Relación de Dependencia (RDEP) (vencimiento según noveno dígito del RUC) 
  • Anexo PVP por parte de los fabricantes o importadores y prestadores de servicios gravados con ICE al 31 de diciembre de 2022. (vencimiento hasta el 5 de enero de 2023)


INFORMACIÓN RELEVANTE:    

Anexo Relación de Dependencia  

El Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó la nueva versión del Anexo de Retenciones en la Fuente bajo Relación de Dependencia (RDEP). 

Formulario 107  

El Servicio de Rentas Internas (SRI) actualizó el formulario 107. Hasta el 31 enero se deberá realizar la entrega del mismo por parte del empleador a sus trabajadores en relación dependencia por las retenciones realizadas en el ejercicio económico 2022, aun cuando el trabajador no haya sido sujeto de retención. La no entrega de este documento genera multas al empleador. 

Proyección de Gastos personales 

Los empleadores receptarán la primera proyección de gastos personales por parte de sus trabajadores en relación de dependencia que estimen utilizar el crédito tributario de impuesto a la renta para el ejercicio económico 2023 hasta el 31 de enero de 2023. 

Registro de sustitutos y discapacitados 

Hasta el 15 de enero los trabajadores en relación de dependencia deberán entregar su empleador, el documento que acredite el grado de discapacidad o su calidad de sustituto de una persona que tenga alguna discapacidad, para la aplicación de la exoneración de impuesto a la renta. 

Proveedores directos de exportadores 

Deben informar al SRI que mantienen un sistema contable diferenciado para la aplicación del factor de proporcionalidad del 100% del Impuesto al Valor Agregado. 

Le recordamos que nuestro boletín no puede ser utilizado o entendido como una asesoría legal.

Un cordial saludo,

STRATEGY TAX AND COMPLIANCE 

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Correo electrónico: strategytax@gmail.com

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