El Servicio de Rentas Internas publicó la Resolución NAC-DGERCGC20-00000081 en donde resuelve:
Artículo Único. - En observancia a las garantías constitucionales del debido proceso y el derecho a la defensa; y, al amparo de lo dispuesto en el artículo innumerado a continuación del artículo 86 del Código Tributario, se suspenden los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios y los plazos de prescripción de la acción de cobro, desde el 02 de enero de 2021 al 17 de enero de 2021, inclusive.
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA. - Lo dispuesto en la presente Resolución no obsta lo determinado en la Resolución No. NAC-DGERCGC20-00000074, publicada en el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 352, de 17 de diciembre de 2020, en virtud de la cual los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios y los plazos de prescripción de la acción de cobro, se encuentran suspendidos desde el 24 de diciembre de 2020 hasta el 1 de enero de 2021, inclusive.
SEGUNDA. - Todas las unidades del Servicio de Rentas Internas deberán considerar lo dispuesto en la presente Resolución dentro de sus respectivos procesos.
DISPOSICIÓN FINAL. - La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial, sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Tributaria.”
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