Están obligados a presentar el anexo de gastos personales 2020, las personas naturales que vayan a utilizar esta deducción de Impuesto a la Renta en ese ejercicio, además que hayan superado el valor de USD.5.657,50 (50% de la fracción básica desgravada de Impuesto a la Renta vigente para el ejercicio impositivo 2020, USD. 11.315).