El Servicio de Rentas Internas publicó la Resolución NAC-DGERCGC21-00000002 en donde resuelve:
“APROBAR EL FORMULARIO 125 PARA LA DECLARACIÓN Y PAGO SEMESTRAL DEL IMPUESTO A LA RENTA DE LOS CONTRIBUYENTES SUJETOS AL RÉGIMEN IMPOSITIVO PARA MICROEMPRESAS
Artículo único. - Se aprueba el Formulario 125 para la declaración y pago semestral del impuesto a la renta de los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas, para lo cual esta Administración Tributaria pondrá a disposición de los sujetos pasivos, en su página web institucional (www.sri.gob.ec), el formato del formulario y su instructivo.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Única.- Los contribuyentes sujetos al régimen impositivo para microempresas cuyo noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) sea 1, 2 o 3 podrán -por única vez- presentar la declaración y efectuar el pago del impuesto a la renta correspondiente al primer y segundo semestre del ejercicio fiscal 2020, sin que se generen multas ni intereses, hasta las fechas señaladas en el siguiente calendario:
Noveno dígito del RUC | Fecha de vencimiento (hasta) |
1 | 19 de enero |
2 | 20 de enero |
3 | 21 de enero |
Los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas que además hubieren sido calificados por el Servicio de Rentas Internas como contribuyentes especiales podrán -por única vez- presentar la declaración y efectuar el pago del impuesto a la renta correspondiente al primer y segundo semestre del ejercicio fiscal 2020, sin que se generen multas ni intereses, hasta el 19 de enero de 2021.
Según lo dispuesto en la Disposición Transitoria Segunda de la Resolución Nro. NAC-DGERCGC20-00000060, las declaraciones del impuesto a la renta de los contribuyentes sujetos al Régimen Impositivo para Microempresas, correspondientes al primer y al segundo semestre del ejercicio fiscal 2020, se presentarán en forma acumulada. DISPOSICIÓN FINAL. - La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.”
En el archivo adjunto podrá descargar el documento completo de la citada resolución.
Si quiere conocer más sobre este régimen comuníquese con nosotros.